A- de 2025
Ponente Hector Alfonso Carvajal Londoño
✓Demandante Idear·Demandado Ortiz Gomez Jose Rodolfo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incumplimiento del presupuesto objetivo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca y el Juzgado 002 Administrativo de Arauca, suscitado por una demanda ejecutiva de menor cuantía presentada por el Instituto de Desarrollo de Arauca – IDEAR, en contra de un ciudadano, con la finalidad de que se libre mandamiento ejecutivo de pago de los valores contenidos en un pagaré suscrito que garantiza un crédito otorgado por el demandante, que se encuentra en mora.
Al verificar el cumplimiento de los requisitos de un conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena constata que tal conflicto no se configura, por cuanto no se encuentra acreditado el presupuesto objetivo.
Dentro del expediente se demostró que el Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca -antes Juzgado 002 Promiscuo Municipal de Arauca- adelantó las gestiones del proceso ejecutivo, en tanto ordenó seguir adelante con la ejecución.
Incluso, condenó al demandado al pago de las costas procesales, aprobó la liquidación del crédito y la liquidación de las costas procesales.
Se observa entonces que el proceso ha alcanzado su objeto.
En consecuencia, la Sala se declara inhibida para resolver de fondo el asunto y resuelve devolver el expediente para lo de su competencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Declararse INHIBIDA para resolver el aparente conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca y el Juzgado 002 Administrativo de Arauca.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-6726 al Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca para que proceda en lo referente a su competencia y comunique la presente decisión al Juzgado 002 Administrativo de Arauca27, a la parte demandante28 y a los demás interesados en el proceso.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.